OTRA DEFINICIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

La definición del Sistema Nacional de Salud (SNS) consta en uno de los artículos de la mítica Ley General de Sanidad y, aparentemente, su enunciación no deja lugar a dudas: conjunto de los servicios de salud de la Administración del Estado y de los servicios de salud de las comunidades autónomas. Pero en más ocasiones de las debidas, se vuelve sobre su esencia para discutir sobre lo que en realidad es (¿sistema o suma de servicios de salud?) o, en última instancia, sobre lo que debería ser (un servicio nacional).

Leo en El Global una nueva aproximación terminológica, obra del abogado Jordi Faus, que bien podría identificar al SNS como una aseguradora de salud. A su juicio, se empieza a consolidar, con buen soporte jurisprudencial, la idea de que la sostenibilidad del SNS va a requerir cada vez más una mayor aportación de los usuarios. Como consecuencia de ello, la gratuidad que se le presupone a la sanidad pública -y que está en el ánimo subyacente de una sociedad capaz de acostumbrarse a un repentino bienestar en menos de 30 años- no tendría demasiado futuro. Y no por los augurios de las plataformas y mareas ciudadanas que no dejan de advertir y maldecir el nombre de la sanidad privada, sino porque los rectores del propio SNS estarían asumiendo que solo incorporando nuevos criterios de gestión sería posible preservar la labor universal del sistema.

El SNS no sería por tanto ese espacio idílico en el que toda actuación sanitaria es posible sino más bien un servicio público sometido a la dificultad económica del momento (que aún persiste) y pendiente de una muy difícil cuadratura del círculo, que consiste en gestionar con creciente eficacia una demanda ingobernable. Faus sostiene que el Estado, al regular el avance de las prestaciones sanitarias públicas, debe velar para que los ciudadanos tengan acceso solo a aquellas que sean imprescindibles. Y pone el ejemplo de las vacunas que precisó una pareja en su viaje al extranjero por motivos de adopción internacional. ¿Debería abonarlas el SNS? Los afectados creyeron que sí, aunque afortunadamente un juez, nada menos que de un Tribunal Superior, entendió que de ninguna manera.

La evidencia es que el SNS no es universal, gratuito y equitativo de manera completa o, al menos, no en el grado en el que le gustaría a la población que lo disfruta y de la manera en la que lo entienden, interesadamente, los políticos. Y esa certeza, en la mente de todos los profesionales del sector, termina pasando a la ley cuando el tristemente famoso, por las críticas que sigue levantando pese a su bienintencionado argumentario, Real Decreto-ley 16/2012 habla de un SNS con vocación universal, que no íntegramente universal, y con amplitud de prestaciones, que no quiere decir cualquiera.

Tuvo que ser la crisis económica la que situó al SNS ante el momento más complicado de su existencia para que los legisladores se obligaran a definir, de una forma mucho más precisa que en la mencionada Ley General de Sanidad o en la más reciente de Cohesión y Calidad, materias como el aseguramiento, la cartera común de servicios y la prestación farmacéutica.

Siendo seguramente cuestionable, el Real Decreto-ley de la crisis sí ha servido para reconducir al SNS hacia una definición más propia de los nuevos tiempos. Un modelo muy amplio y reconocido, pero con límites obligados, no con el propósito de fastidiar a este o aquel colectivo, sino con la obligación de preservar su suficiencia y equilibrio de alguna manera. Porque lo que no es posible, ni recomendable, es que el SNS responda a una aspiración social, ciertamente filosófica y claramente ensimismada, que se cree a pies juntillas el derecho a la protección de la salud cuando, como bien recuerda el abogado Faus, es solo un principio rector de la política social y económica que se tiene que traducir en medidas y políticas concretas, obra de los poderes legislativo y finalmente ejecutivo (Gobierno y autonomías).

El SNS no es, como muchos quieren seguir entendiendo, la plena garantía sobre la completa prestación de la asistencia sanitaria en España. Si esto fuera así, el SNS comenzaría a desdibujarse de verdad, en busca de una nueva definición que, a buen seguro, ya no sería tan apropiada como la que resiste en la legislación actual.

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