La Asamblea de Madrid ha aprobado la Ley de Buen Gobierno y Profesionalización de la Gestión de los Centros y Organizaciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud con un amplísimo consenso y con la sensación de estar haciendo historia en la reciente normativa sanitaria. No hay precedente de una norma de estas características, concebida y desarrollada para crear órganos colegiados de gobierno en los hospitales, profesionalizar la función directiva, fortalecer la participación social, establecer instrumentos de buen gobierno y apostar por la autonomía de gestión. Uno de los grupos políticos firmantes del texto, el de Ciudadanos, ha saludado la aprobación de la ley como el final de la dedocracia, el injusto sistema con el que se venía nombrando a los gerentes en Madrid y que es el todavía imperante en el resto de comunidades autónomas. El triunfo de la profesionalización implica obligatoriamente el ocaso de la politización.
En concreto, la ley establece en su capítulo II la creación de juntas de gobierno y órganos de dirección y regula los aspectos esenciales del ejercicio de la función directiva, concretando, de forma expresa, la figura del directivo sanitario profesional y su procedimiento de selección, fundado en los principios de mérito y capacidad, así como un sistema de evaluación del desempeño que valore su actividad. La junta de gobierno tendrá la misión fundamental de la superior administración del centro y podrá adoptar para ello la forma jurídica de consejo de administración o patronato. Estará compuesta por un presidente, un vicepresidente y once vocales como máximo, dos de los cuales representarán a los ciudadanos y serán designados a propuesta de la Federación de Municipios de Madrid. Al frente de cada organización estará un director gerente elegido por una comisión de selección, designada por la junta de gobierno, que garantizará la equidad en el proceso selectivo. Será nombrado por un período de cinco años y sometido a evaluación continua. El sistema sanitario madrileño podrá así disponer de un marco estructural y organizativo “moderno, ágil y eficaz”, con el objetivo de lograr mayor eficiencia y calidad, más participación y control y más transparencia y rendición de cuentas, teniendo presente el enfoque del paciente como eje del sistema.
Para la Sociedad Española de Directivos de la Salud (Sedisa), la aprobación de esta ley es un paso fundamental hacia la profesionalización de los directivos de la salud, que requiere de un sistema de selección de profesionales para cargos directivos, según niveles de formación y experiencia, así como del sistema de evaluación por objetivos y funciones preestablecidas, orientándose a resultados en salud y eficiencia.
Sedisa recuerda que, además de Madrid, hay otras autonomías impulsando iniciativas en este sentido. Algunos ejemplos son el anteproyecto de ley de Sostenibilidad del Sistema Sanitario Público Andaluz (SSPA) propuesto por la Junta de Andalucía, actualmente en tramitación parlamentaria, y en el que se incluye un artículo titulado Función directiva en el SSPA. Otro ejemplo son los concursos de libre disposición para cargos de gestión que posibilitan que los profesionales que estén interesados se puedan presentar, como los impulsados para puestos gestores y decisores desde las consejerías de Asturias, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Murcia.
En el futuro, cada comunidad autónoma debería desarrollar un sistema de profesionalización de los directivos de la salud desde un punto de vista estratégico. “Este sistema debe ser real y adaptado a la idiosincrasia de cada realidad sanitaria, pero siempre desde la despolitización de los nombramientos y ceses y enfocado al que debe ser el objetivo real: la obtención de una gestión sanitaria de calidad, que aporte excelencia a los ciudadanos y sostenibilidad al sistema”, explica Joaquín Estévez, presidente de Sedisa. En este marco, la sociedad científica está trabajando en el proyecto DPC Directivos de Salud, con el que se pretende habilitar un sistema de acreditación profesional, que plantee un modelo de certificación basado en la práctica real de los directivos, que reconozca sus méritos, conocimientos y competencias y que favorezca su desarrollo profesional. El procedimiento de acreditación del desarrollo profesional continuo (DPC) contará con diferentes niveles, y acreditará la formación y experiencia a lo largo de la vida profesional del gestor, al tiempo que exigirá un reciclaje continuo de conocimientos para el correcto desarrollo del ejercicio profesional.